sábado, 5 de octubre de 2013

Rerum Rusticarum







Varron
Loeb Classical Library
Rerum Rusticarum
Londres











11 In modo fundi nonanimadverso lapsi multi, quod alii villam minus magnam fecerunt, quam modus postulavit, alii maiorem, cum utrumque sit contra rem familiarem ac fructum. Maiora enim p208tecta et aedificamus pluris et tuemur sumptu maiore. Minora cum sunt, quam postulat fundus, fructus solent disperire. 2 Dubium enim non est quin cella vinaria maior sit facienda in eo agro, ubi vineta sint, ampliora ut horrea, si frumentarius ager est.

Villa aedificanda potissimum ut intra saepta villae habeat aquam, si non, quam proxime; primum quae ibi sit nata, secundum quae influat perennis. Si omnino aqua non est viva, cisternae faciendae sub tectis et lacus sub dio, ex altero loco ut homines, ex altero ut pecus uti possit.

11. Sobre el tamaño de las edificaciones y el abastecimiento de agua

[1] Muchos se equivocaron en la medición no bien realizada de la finca, porque unos hicieron la casa menor y otros mayor de lo que la extensión requería; siendo ambas acciones contrarias a la propiedad familiar y al beneficio. En efecto, a las casas más grandes no sólo las edificamos más caros, sino que los debemos mantener a un mayor costo. Cuando son menores de lo que exige la finca, los beneficios suelen perderse.

[2] En efecto, no hay duda de que la bodega debe ser hecha en el campo donde hay viñas; como graneros más grandes si el campo es para cereal.
La casa debe ser edificada principalmente de modo que tenga agua, dentro de sus límites; si no (es posible) lo más próximo posible. En primer lugar, lo mejor es que surja naturalmente allí; en segundo lugar que fluya constante. Si, en cualquier caso, no hay agua corriente (natural), deben hacerse cisternas bajo techo y un estanque a cielo abierto para que puedan hacer uso en un lugar los hombres y en otro el ganado.

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