viernes, 23 de septiembre de 2016

Plinio El Viejo

[6] Sed haec quis possit intrepidus aestimare subiturus ingenii tui iudicium, praesertim lacessitum? neque enim similis est condicio publicantium et nominatim tibi dicantium. tum possem dicere: 'Quid ista legis, Imperator? humili vulgo scripta sunt, agricolarum, opificum turbae, denique studiorum otiosis. quid te iudicem facis? cum hanc operam condicerem, non eras in hoc albo. maiorem te sciebam, quam ut descensurum huc putarem.'

(6) Pero, ¿quién puede mirar sin consternación ante la superioridad, en el momento de sujetarse al juicio, de tu ingenio?. Es diferente el enviar un libro al público, de el dedicarlo a tu nombre. En el primer caso, yo diría: ¿Por qué lees estas cosas, gran emperador? te advierto que estas cosas se escriben para el vulgo humilde, para los muchos agricultores y artesanos, y para aquellos que dedican su ocio en las letras. ¿Por qué deberías ser juez de ellas?, Cuando yo escribía, esta obra no te encontrabas en la lista. Sabía yo de usted demasiado para creer que quisieras rebajarte tanto.

No hay comentarios:

Publicar un comentario